El mismo auditor señaló que pasar de 1 alto directivo a 10 les llamó la atención pero reconoció que “no era ilegal”.
En su declaración como testigo, el jefe de campo de estas auditorías de Divalterra ha confirmado que se verificó que estos contratos, que el fiscal del caso considera contrarios a derecho, se celebraron al amparo del Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, que regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección, y que “la legalidad” que obtiene la celebración de ese contrato “está acorde a lo que marca ese Real Decreto”, resumió en su declaración anter el tribunal a preguntas de la defensa de Jorge Rodríguez.
La declaración del auditor externo resulta relevante en el caso Alquería porque es quien introdujo una frase que el fiscal y el resto de las acusaciones han empleado reiteradamente. En la auditoría de 2015 se puede leer que “llama la atención” que la empresa pasara de 1 a 10 directivos sin que se observe un incremento de la actividad.
Tal aseveración fue rebatida por las defensas aduciendo que en ningún momento se habla de que este incremento de altos directivos fuera ilegal y que su número estaba de acuerdo con el número máxima establecido por la ley para las empresas públicas clasificadas en la categoría uno, como era el caso de Divalterra. De hecho, el propio auditor ha señalado en el juicio que los límites de miembros del consejo de administración (15) y de directivos de la empresa (10) “nunca se excedieron”, según se ha constatado en la documentación intervenida.
En otro momento de su declaración, el auditor declaró que la empresa podría no haber respetado la disposición adicional 15 de los presupuestos generales del Estado que impedían nuevas contrataciones”, aunque, a preguntas de las defensas, reconoció que esta disposición dejaba lugar a “excepciones” como la contratación de altos directivos por circunstancias excepcionales como las que vivía Imelsa tras la gestión de Marcos Benavent, el autodenominado “yonki del dinero”.
Al contrario de lo expuesto por los denunciantes, que eran los máximos responsables legales de la empresa, el auditor expuso que éstos eran conocedores de los contratos de alta dirección y en todo momento los dieron por válidos.